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Experiencias

Programa de ayudas económicas para el acceso de personas sin hogar a establecimientos hosteleros (Otorduak II)

Ayuntamiento de San Sebastián Gipuzkoa Creado: 20 Nov 2023 Actualizado: 20 Nov 2023

El objetivo del programa Otorduak II es facilitar alimentación básica a las personas sin hogar en establecimientos hosteleros convencionales, evitando así la estigmatización asociada a los comedores sociales.

Solicitud y requisitos de acceso

La solicitud se presenta en el Servicio Municipal de Urgencias Sociales (SMUS), que se encarga también de la evaluación y seguimiento de las personas beneficiarias. Para ser titular de la prestación, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad o menor emancipado/a.
  • No disponer, en el conjunto de la unidad convivencial, de medios económicos suficientes para la cobertura de la necesidad de alimentación de todos los miembros de dicha unidad.
  • Tener autonomía funcional para desenvolverse en un comedor.
  • Haber suscrito la cesión de los derechos de cobro de las presentes ayudas a los centros hosteleros en que se preste efectivamente el servicio.
  • No ser beneficiario/a de servicios o programas que incluyan alimentación.
  • Estar empadronado/a en el municipio o tener un mínimo de arraigo de tres meses. Excepcionalmente se admitirá a personas que, aunque no cumplan este requisito, tengan alguna vinculación con o hayan sido atendidas en los servicios sociales municipales.

Funcionamiento

  • En los días que no sean de descanso semanal o vacaciones, el consumo de la comida (mediodía) se realizará, preferentemente, en el comedor del propio establecimiento hostelero.
  • Para las cenas y para las comidas de los días en que el establecimiento permanezca cerrado por descanso semanal, se facilitará una bolsa con alimentos.
  • En situaciones de urgencia o en casos en que las personas beneficiarias no puedan utilizar el establecimiento hostelero correspondiente (por ejemplo, por vacaciones o averías), el servicio podrá sustituirse por la adquisición de comida para llevar en comercios especializados.
  • El Ayuntamiento se reserva la potestad de condicionar la prestación al uso de uno o varios establecimientos en concreto.
  • El abono de los servicios prestados se realiza directamente a los establecimientos hosteleros, de forma mensual.
  • La prestación se concede por periodos de seis meses.

Alcance

La siguiente tabla recoge el número de personas beneficiarias y de establecimientos hosteleros colaborares, además del presupuesto anual:

Periodo Personas beneficiarias* Establecimientos hosteleros colaborares Presupuesto (€)
Hombres Mujeres Total
* A fin de poder controlar la ejecución del presupuesto, se establece un máximo de 60 personas beneficiarias de forma simultánea, ampliable en determinados casos. ** De junio a diciembre. *** Datos a 17 de noviembre.
2021** 57 1 58 12 37.470
2022 160 2 162 15 284.120
2023*** 159 2 161 14 285.120

Transferibilidad

A partir de 2023, se han incorporado al programa establecimientos de hostelería de comida para llevar, con la finalidad de respuesta rápida en situaciones de urgencia.

Información complementaria

Ayuntamiento de San Sebastián (2023): Bases reguladoras y convocatoria de 2023 de ayudas económicas para el acceso de personas sin hogar a centros hosteleros, Boletín Oficial de Gipuzkoa, n.º 4, 5-I-2023.